El Poder Ejecutivo de la provincia decretó una serie de restricciones en el marco del sistema de Etapas de Convivencia ante el incremento de casos de COVID19 y la situación de estrés sanitario por lo que el municipio
Fiambalense adhirió mediante.
Los decretos números 018 y 019, se elevaron los montos de las multas que se aplican para quienes violen las disposiciones de prevención en el marco de la pandemia.
También se establece que a partir de las 00 hs. del 12 de enero y por el plazo de 15 días, solamente se puede circular en todo el territorio de la provincia entre las 7 hs y las 00 hs. Los días jueves, viernes y sábados la circulación se extenderá hasta las 01:30 del día siguiente.
Además, el decreto estipula la prohibición de circulación entre municipios, en todo el territorio de la Provincia, en el horario de 23:00 a 07:00 horas.
Por su parte, el decreto explica que será considerada falta disciplinaria sujeta a sumario y sanción disciplinaria en el ámbito de la Administración Pública Provincial, el incumplimiento de los protocolos y/o medidas que rigen para las distintas etapas previstas, atribuible a personal que preste servicio efectivo en cualquier organismo dependiente de este Poder Ejecutivo
Por otro lado, se modificaron los horarios para bares y afines en el marco de la Etapa Amarilla de Convivencia ya que los mismos podrán abrir al aire libre con el 70% de su capacidad y en espacios cerrados con el 30% de su capacidad, de domingo a miércoles hasta las 23:30 hs.; y jueves, viernes y sábados por la noche el horario de cierre se extenderá hasta las 01:00 hs. del día siguiente:
Multas
Mediante el decreto 100/20, se modificaron los montos de las multas del Régimen Sancionatorio Excepcional, quedando los nuevos montos establecidos de la siguiente manera:
– Incumplimiento del uso de barbijos o tapabocas y/o cualquier otro medio de protección personal que disponga la autoridad competente: multa de entre SEIS MIL ($ 6.000) y QUINCE MIL ($ 15.000)
– Incumplimiento de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales: multa de entre TREINTA MIL ($ 30.000) y NOVENTA MIL ($ 90.000)
Incumplimiento de medidas de prevención en relación a reuniones sociales, o de cualquier otro tipo: multa de entre CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000) y SESENTA MIL ($ 60.000)
Incumplimiento de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial: multa de entre CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) y TRESCIENTOS MIL ($ 300.000)
Incumplimiento de restricciones a la circulación, observancia del aislamiento social, preventivo y obligatorio o el distanciamiento social, preventivo y obligatorio: multa de CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00)
Incumplimiento de límite horario para actividades: multa de entre SESENTA MIL ($ 60.000) y NOVENTA MIL ($ 90.000)